Tras el aparatoso accidente entre dos unidades del transporte público en la 24 Sur y bulevar Las Torres, donde varios pasajeros resultaron lesionados, surgió la duda entre usuarios: ¿hay protección real para quienes pagan para viajar en estas unidades?
Por ley, todos los concesionarios deben contar con un seguro vigente que cubra daños y lesiones a pasajeros, aunque su aplicación depende, en gran medida, de que los afectados actúen de forma inmediata y documenten el incidente.
Desde la reforma a la Ley de Transporte del Estado de Puebla en 2024, armonizada con la legislación federal, es obligatorio que las unidades del servicio público cuenten con un seguro de responsabilidad civil y de viajero.
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— Imagen Poblana (@ImagenPoblana) March 23, 2026
Una unidad de la Ruta 10 provocó un fuerte accidente tras arrollar a transeúntes y, posteriormente, impactarse con otra unidad.
Se reportan al menos 2 heridos y el conductor fue captado dándose a la fuga. pic.twitter.com/cqqF8ptG6H
Este contempla daños a terceros, gastos médicos por lesiones e incluso indemnizaciones en caso de fallecimiento; la Secretaría de Movilidad y Transporte es la encargada de supervisar el cumplimiento, mientras que la póliza debe estar respaldada por una aseguradora autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y, de acuerdo con la CONDUSEF, las unidades deben portar evidencia de esta cobertura de manera visible.
En la práctica, las autoridades han reforzado las revisiones y tan sólo en febrero de 2026, Movilidad envió al corralón unidades que no contaban con seguro vigente.
Especialistas advierten que aunque el seguro existe no se activa automáticamente; por ello, es fundamental que los pasajeros lesionados busquen atención médica inmediata y obtengan un parte clínico que vincule las lesiones con el accidente.
También deben esperar el arribo de autoridades para levantar el reporte oficial, recopilar datos de la unidad y evitar firmar documentos sin asesoría. Asimismo, se recomienda notificar al concesionario y a la aseguradora dentro de los cinco días hábiles posteriores al siniestro, como lo establece la Ley sobre el Contrato de Seguro.
En caso de negativa o retraso, los usuarios pueden acudir a la CONDUSEF para interponer una queja, o incluso presentar una denuncia ante el Ministerio Público si existiera negligencia grave.
Aunque el marco legal garantiza protección a los usuarios, su efectividad depende tanto de la supervisión de las autoridades como de la acción informada de los ciudadanos.
Verificar que la unidad cuente con seguro vigente antes de abordar también forma parte de una cultura de prevención, que aún está en construcción en el transporte público poblano.