La Juez Noveno de Distrito en el Estado de Puebla, en el juicio de amparo 498/2012, negó la suspensión definitiva solicitada por la empresa “Tratamiento de Agua de Puebla S.A de C.V.”, de la ocupación de las plantas de tratamiento residuales que administraba la quejosa, por parte del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla (SOAPAP).
Entre otras razones, la Juez negó la suspensión porque no se reunían los requisitos de ley, “pues de concederse se contravendrían disposiciones de orden público y se afectaría el interés social”, escribió.
Esto refrenda que las acciones de recuperación emprendidas, han tendido a garantizar el interés colectivo.
Notas Relacionadas
Gobierno federal y estatal cumplen compromisos con familias de Pantepec
11 de julio de 2026
Cuando la lluvia mata: las tragedias que marcaron a Puebla
10 de julio de 2026
¿Hotel, pastel o masaje? Los poblanos cada vez consienten más a sus mascotas
10 de julio de 2026
¿Hotel, pastel o masaje? Los poblanos cada vez consienten más a sus mascotas
10 de julio de 2026
Tonantzin Fernández impulsa gastronomía y turismo con la Feria del Molote
10 de julio de 2026
Con 5,000 calles rehabilitadas, Gobierno Estatal consolida nuevo modelo de obra pública